Las empresas pueden despedir por Whatsapp (en algunos casos)
Abogados consideran que las empresas pueden despedir por Whatsapp si se dan ciertas circunstancias, y los empleados también pueden dimitir con un mensaje
La relación entre las empresas y los trabajadores no está exenta de las transformaciones propias de las nuevas tecnologías de comunicación. Un despido o una renuncia no se resuelve de la misma forma hoy que en los tiempos en los que apps de mensajería instantánea como Whatsapp no acortaban la distancia entre los jefes y los empleados.
Entre las dudas que surgen con este cambio, una de las más comunes es si existe la posibilidad legal de que una empresa despida a un colaborador por medio de un mensaje en Whatsapp. Numerosas sentencias muestran una tendencia clara en esta materia: en algunos casos sí que puede hacerse.
Desde el bufete Pelegrí Abogados señalan que, pese a que un despido ordinario no es válido vía Whatsapp, hay excepciones: «El uso de este tipo de servicio de mensajería instantánea a través del teléfono móvil sí que se ha entendido válido en relación a la no superación del período de prueba del trabajador».
Una sentencia del TS de 2015 señala que los despidos por Whatsapp deben ser abordados con «todas las cautelas»
La socia fundadora del bufete, Amor Pelegrí, también señala que «a la hora de que el empleado traslade su dimisión a la empresa, siempre que sea de forma clara», también es válido que lo haga por medio de Whatsapp. Eso sí, debe manifestar de manera expresa o tácita su deseo de finalizar el vínculo profesional.
Por lo demás, actualmente no son legales los despidos vía Whatsapp o cualquier otra app o red social en la que no se pueda verificar la autoría de los mensajes. Estos medios no permiten «indicar de forma clara y precisa los hechos o las causas del mismo», establece el Estatuto de los Trabajadores.
Al Estatuto se suma una sentencia del Tribunal Supremo firmada en mayo de 2015, que indica que «la prueba de una comunicación bidireccional mediante cualquiera de los múltiples sistemas de mensajería instantánea debe ser abordada con todas las cautelas».
«La posibilidad de una manipulación de los archivos digitales mediante los que se materializa ese intercambio de ideas forma parte de la realidad de las cosas», concluyó el Tribunal.